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El 19 de octubre de 2009 se declaró por Orden de Gobierno Vasco el Casco Antiguo de Irun como Área de Rehabilitación Integrada.
¿Qué es un Área de Rehabilitación Integrada?
Una Área de Rehabilitación Integrada (ARI) es un Conjunto Urbano o Rural con características arquitectónicas y urbanísticas de notorio valor, y con condiciones de degradación de dicho patrimonio.
¿Qué supone la declaración de Área de Rehabilitación Integrada de Irun?
La declaración de Área de Rehabilitación Integrada de Irun supone que el patrimonio arquitectónico y urbanístico incluido en él, será objeto de una acción especial por parte de la administración para su protección, conservación y mejora. Así como la posibilidad para los residentes de la zona de solicitar ayudas y subvenciones económicas de mayor entidad que en el caso de rehabilitaciones aisladas.
¿Con qué criterios se ha delimitado el Área de Rehabilitación Integrada de Irun?
Los criterios de delimitación del Área de Rehabilitación de Irun han sido los establecidos por el Estudio Socio-Urbanístico realizado sobre el núcleo primitivo de la ciudad en base a una justificación histórica y estado de degradación de las edificaciones.

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Qué es la ITE
Es la realización de un informe y dictamen elaborado por técnico/a facultativo/a, a partir de una inspección visual, que indica el estado de conservación de los edificios a fin de mantenerlos en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, garantizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, manteniendo en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo, e informando tanto de las condiciones básicas de accesibilidad y estado de la eficiencia energética del edificio, como de la posible mejora de las mismas.
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Proceso
- La propiedad deberá contratar a una persona habilitada para la realización de la ITE.
- El técnico contratado elaborará y suscribirá el informe de la ITE a través de la Plataforma Web de Euskoregite.
- El propietario deberá descargarse el justificante con el código HASH a través de la Plataforma Web de Euskoregite. Dicho justificante deberá presentarlo en IRUNVI a través de la sede electrónica.
- En caso de que la ITE contenga actuaciones a ejecutar, la propiedad deberá realizar dichas actuaciones en los términos y plazos en ella establecidos, y una vez ejecute las obras, el técnico elaborará y suscribirá el correspondiente Certificado de Subsanación a través de la Plataforma Web de Euskoregite.
- El propietario deberá descargarse el justificante con el código HASH del Certificado de subsanación a través de la Plataforma Web de Euskoregite. Dicho justificante deberá presentarlo en IRUNVI a través de la sede electrónica o solicitando cita previa.
Lugar de presentación de los justificantes con el código HASH y otra documentación
- UNIDAD TRAMITADORA:
Vivienda-Área de Urbanismo y desarrollo - ÓRGANO DE RESOLUCIÓN:
Concejal-Delegado de Urbanismo y vivienda - PLAZO DE TRAMITACIÓN:
Inmediato - TASAS:
El trámite de presentación de la ITE o del Certificado de Subsanación de Deficiencias ante IRUNVI es gratuito. - CONSULTAS Y ACLARACIONES:
IRUNVI
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Ayudas a la accesibilidad en conjuntos edificatorios residenciales Ayuntamiento de Irun
PROYECTO ÁMBITO DE LARREAUNDI
Subvenciones complementarias en materia de accesibilidad
Con fecha de 4 de julio de 2018 mediante resolución n.º 1327 de Alcaldía del Ayuntamiento de Irun, se aprobó el Anexo n.º 35 a la Convocatoria General de Subvenciones 2018, Subvenciones complementarias en materia de accesibilidad.
Es objeto de las siguientes bases la regulación de las condiciones de concesión de ayudas económicas en mejoras de accesibilidad en conjuntos edificatorios residenciales. En concreto, se subvencionan los proyectos y las actuaciones que faciliten la accesibilidad desde la vía pública hasta las plataformas o espacios de carácter privado donde se localizan los diferentes portales de un mismo conjunto edificatorio. Las soluciones permitirán una mayor adecuación a la normativa de accesibilidad e incluirán la instalación de ascensores y la reforma de las actuales estructuras de comunicación.
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
Se fijan dos líneas de subvención diferenciadas:
Línea 1: Ayudas a la redacción del proyecto de ejecución
Comprende el 100% de los honorarios y gastos correspondientes al proyecto de ejecución de las obras de supresión de las barreras arquitectónicas, IVA incluido.
El límite máximo de esta línea de ayudas será de 4.200 euros.Línea 2: Ayudas a la ejecución de las obras
Comprende el 60% de la ejecución de las obras, recogidas en la factura o liquidación final correspondiente, honorarios de la dirección de obra, certificaciones, informes y cualquier otra documentación técnica requerida para la ejecución de las citadas obras, IVA incluido.
El límite máximo por actuación subvencionable de esta línea de ayudas será de 95.800 euros.DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
200.000 euros. Aplicación presupuestaria: 1 0710.780.01.152.20 2018.
BENEFICIARIOS/AS Y REQUISITOS
Línea 1: Ayudas a la redacción del proyecto de ejecución
Podrán adquirir la condición de beneficiario, las agrupaciones de comunidades de propietarios que cumplan los siguientes requisitos:
- Que pertenezcan a conjuntos edificatorios que compartan un espacio privativo común dónde se ubican sus portales, existiendo una barrera arquitectónica para el acceso a dicho espacio privativo común desde la vía pública.
- Que el conjunto edificatorio que comporta tenga una antigüedad mínima de 50 años.
- Que la agrupación de comunidades de propietarios del conjunto edificatorio, haya acordado la contratación de un proyecto de ejecución de las obras necesarias para suprimir dichas barreras arquitectónicas.
- Que la comunidad de propietarios individual de cada uno de los portales que forma parte del conjunto edificatorio haya presentado la ITE o haya adoptado acuerdo para contratarla.
Línea 2: Ayudas a la ejecución de las obras
Podrán obtener la condición de beneficiario, las agrupaciones de comunidades de propietarios de conjuntos edificatorios beneficiarios de la línea 1 de ayudas, Redacción de proyecto de ejecución, que en el plazo máximo de 12 meses desde la concesión de la primera línea de ayudas cumplan con los siguientes requisitos:
- Que la agrupación de comunidades de propietarios del conjunto edificatorio haya obtenido la licencia urbanística para la ejecución de las obras.
- Que la agrupación de comunidades de propietarios del conjunto edificatorio haya acordado la contratación de las obras de ejecución del proyecto.
- Que exista disponibilidad de todos los espacios necesarios para la ejecución de las obras. En el caso de no disponibilidad de los espacios necesarios para la ejecución de las obras, y a los solos efectos del cómputo de plazos, se establece una excepción para aquellas agrupaciones de comunidades de propietarios que dependan de la resolución de expedientes de expropiación forzosa para la obtención de la titularidad de todos los inmuebles. En estos casos, el plazo máximo será de dos meses contados desde la resolución del expediente de expropiación.
- Que la comunidad de propietarios individual de cada uno de los portales que forma parte del conjunto edificatorio haya presentado la ITE.
PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Línea 1: Ayudas a la redacción del proyecto de ejecución
Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2018.
Línea 2: Ayudas a la ejecución de las obras
Un plazo máximo de 12 meses desde la concesión de la primera línea de ayudas. Las solicitudes se presentarán ante el Ayuntamiento de Irun a través de IRUNVI, calle Iglesia nº 6 - bajo, Sede Electrónica Municipal o cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Documentación
SUBVENCIONES COMPLEMENTARIA EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD
Línea 1 - Ayudas a la redacción del proyecto
Línea 2 - Ayudas a la ejecución de las obras
LUGAR DE PRESENTACIÓN DOCUMENTACIÓN
IRUNVI
C/ Iglesia, 6 - IRUN
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Vivienda-Área de Urbanismo y desarrollo - ÓRGANO DE RESOLUCIÓN:
Concejal-Delegado de Urbanismo y vivienda - PLAZO DE TRAMITACIÓN:
Inmediato - CONSULTAS Y ACLARACIONES:
IRUNVI

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Estudio Sociourbanístico
La primera fase consiste en la delimitación del área de rehabilitación y en la elaboración del Estudio Sociourbanístico de la zona.
Plan Especial de Rehabilitación
Dentro de esta fase se encuadran la solicitud de incoación del expediente por parte del Ayuntamiento de Irun al Gobierno Vasco, la Orden del Gobierno Vasco admitiendo a trámite el expediente, y la elaboración del PER (Plan Especial de Rehabilitación).
Declaración de ARI
El 19 de octubre de 2009, el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco dictó la orden por la que se declara el conjunto del Casco Antiguo de Irun como ARI (Área de Rehabilitación Integrada)
Ayudas y subvenciones
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El ámbito está dividido en once zonas:
- ZONA A: c/Santiago
- ZONA B: c/Mayor (Nagusia)
- ZONA C: c/Larretxipi
- ZONA D: c/Peña
- ZONA E: c/Papinea
- ZONA F: c/Santa Elena y c/Ermita
- ZONA G: Pza. Urdanibia
- ZONA H: c/Juncal y frontón Uranzu
- ZONA I: Iglesia Juncal y c/Eskoleta
- ZONA J: c/Jesús
- ZONA L: c/Uranzu

Detalle de calles y números de portales
Ayuntamiento de Irun


